Superado el escollo político para renovar el Poder Judicial, llega el turno de que el Congreso y el Senado tomen la palabra. El acuerdo alcanzado por el PSOE y PP este martes en Bruselas permite desbloquear la renovación del órgano de gobierno de los jueces, que llevaba más de cinco años y medio con el mandato caducado. Para aprobar la renovación hace falta una mayoría cualificada de tres quintos en las Cortes (210 votos) que queda garantizada con los respaldos parlamentarios de los dos principales partidos, PP y PSOE.

Aunque el acuerdo contempla que el nuevo Consejo debata, redacte y proponga, previo acuerdo de tres quintos de sus miembros, modificar el modo de elección del CGPJ, lo primero será la renovación del actual consejo con la Ley vigente.

En realidad, parte de los requisitos legales para la renovación ya se habían cumplido en 2018, cuando formalmente tocaba. Así, antes de que concluya un mandato, la ley establece que el presidente del CGPJ envíe una carta a todos los jueces para recordarles cuándo vence ese periodo y comunicarles que se hace un plazo para que se presenten candidatos a cubrir las 12 plazas que están reservadas a miembros de la carrera —puede concurrir cualquier juez que tenga el aval de 25 colegas o de una asociación judicial— y 8 para juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de carrera. Como este procedimiento ya se hizo en 2018, han quedado fuera de optar a una vocalía quienes desde esa fecha ya cumplen los requisitos exigidos. El Poder Judicial ya evaluó las candidaturas, y de ahí salió una lista final que el presidente del Poder Judicial remitió a los presidentes del Congreso y del Senado.

Ahora, los cuatro vocales jueces que son juristas de reconocido prestigio deberán comparecer ante la Comisión Consultiva de Nombramientos del Congreso y del Senado, pero no así los seis de extracción judicial. Luego, el Congreso deberá convocar una sesión plenaria específica para votar a esos candidatos, en la que puede haber un debate previo para que los grupos parlamentarios expongan sus posiciones.

Después, se vota el listado, que deberá alcanzar los tres quintos que PP y PSOE tienen de sobra: suman 259 y les bastarían 210. La elección, al tratarse de personas, se hace mediante papeletas. En paralelo, en el Senado se sigue un proceso similar.

Los vocales elegidos por las Cámaras son luego nombrados por el Rey por real decreto, jurarán o prometerán su cargo en la toma de posesión y, después, el CGPJ celebrará su sesión constitutiva. La ley fija que toma de posesión y la sesión constitutiva tendrán lugar dentro de los cinco días posteriores a la expiración del anterior Consejo, salvo cuando, como ha ocurrido estos años, no ha habido acuerdo en las Cortes. En ese caso, el consejo saliente sigue en funciones y no puede proceder a elegir el nuevo presidente del Poder Judicial.

Ahora, ya renovado, el CGPJ podrá hacer nombramientos pendientes, una de las secuelas de la no renovación más perniciosas para el funcionamiento de la judicatura y la justicia. El Consejo nombrará a su presidente, que será también presidente del Tribunal Supremo (un cargo que ahora se ejerce en suplencia). Y comenzará la designación de nuevos titulares para las 94 vacantes en los principales organismos judiciales. Entre ellas, 25 magistrados del Tribunal Supremo, aproximadamente un tercio del total, en sus salas de Social, Contencioso-Administrativo, lo Civil y lo Penal. También están pendientes de cubrir una treintena de plazas en los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas, entre ellos siete presidencias. Hay también nombramientos pendientes en la Audiencia Nacional, las provinciales y en la jurisdicción militar.

Pero el pacto alcanzado este martes prevé también que en el plazo de seis meses tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) elabore un informe para “examinar los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al español” y una propuesta para reformar el sistema de elección de los vocales que pueda ser evaluada “positivamente” por el informe del Estado de derecho de la Comisión Europea. El objetivo, según el documento del acuerdo, es que el CGPJ esté en línea “con los mejores estándares europeos”. La propuesta deberá ser trasladada al Gobierno, al Congreso y al Senado para que la tramite mediante un proyecto o una proposición de ley.

La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) ya ha sufrido dos cambios en estos años de interinidad del Consejo. La primera, en 2021, cuando el Congreso limitó las funciones y la capacidad del CGPJ y le impidió hacer nombramientos mientras tuviera el mandato caducado; esa restricción se levantó en parte luego, en 2022, cuando la Cámara baja permitió que sí pudiera nombrar a dos miembros del Tribunal Constitucional. El Consejo se reformó en 1985, 1990, 1996, 2001, 2008 y, por última vez, en 2013.

Para modificar de nuevo la LOPJ es precisa la mayoría absoluta. PSOE y PP han convenido que esa modificación se haga por el procedimento de urgencia, que acorta a la mitad todos los plazos, salvo los de la presentación de enmiendas. Ambos grupos parlamentarios (o el Gobierno) pueden solicitarlo a la Mesa de la Cámara, que con toda probabilidad accederá a la petición. Esa vía rápida permite que se acelere la fase de debate de la modificación, tanto en las comisiones como en el pleno.

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